Soluciones
Accidentes en la vía públicaCaídas en la vía pública por mal estado o mal funcionamiento de los servicios públicos.

Aceras en mal estado por baldosas mal colocadas o por defectos en éstas, obras sin señalizar y un largo etcétera, pueden ocasionar que los peatones caigan y se produzcan unas lesiones y unos daños patrimoniales que no tienen el deber de soportar, y que producen responsabilidad patrimonial de la Administración, surgiendo así el derecho del perjudicado a reclamar ante la Administración.
La indemnización a percibir por una caída en la vía pública se reclama directamente a la Administración causante mediante una reclamación patrimonial, es decir, ante el Ayuntamiento causante del daño, teniendo un año para reclamar a partir del momento en que las lesiones hayan curado o se haya llegado a la estabilización lesional. En caso de que esta administración no se haga cargo de la indemnización solicitada, se acudirá a la vía contencioso-administrativa o, caso de existir una compañía aseguradora, a la vía civil mediante la acción directa prevista en la Ley de contratos de Seguros.