De 100 a 90 kilómetros por hora en unos 7.000 kilómetros de carreteras secundarias, es decir, de un único carril por sentido y sin desdoblar. Es una de las principales novedades que recoge el real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación, y al que este viernes dará luz verde el Consejo de Ministros.
La medida afectará a 7.000 km de carreteras de un único carril por sentido
Esta medida es la primera que se podrá en marcha de un paquete de reformas puntuales que prepara la Dirección General de Tráfico (DGT) para los próximos meses, como reducir a 30 km/h el límite de velocidad en las calles de un único carril o de un carril por sentido, regular los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, obligar a ir a clase ocho horas para sacarse el carné, actualizar el carné por puntos (seis menos por conducir con el móvil en una mano y cuatro menos por no llevar puesto el cinturón, el casco o la sillita infantil) y premiar con ocho puntos a los conductores que hagan cursos de recuperación parcial.
El director general de Tráfico, Pere Navarro, pretende acometer estos pequeños cambios normativos en lugar de la reforma integral de la ley de seguridad vial y de los reglamentos de conductores, de circulación y de vehículos que preparaba su antecesor Gregorio Serrano, debido a la inestabilidad política de la actual legislatura.
Además, desde la DGT indican que los tiempos de la Administración son más lentos que el deseo de poner en marcha modificaciones legislativas que modifiquen el comportamiento de los conductores después de que las cifras de víctimas mortales hayan aumentado de 1.680 en 2013 a 1.830 en 2017.
Menos mortalidad
El texto que aprobará mañana el Consejo de Ministros supone igualar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales a 90 km/h para coches y motos, y 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones, y sólo cuando haya separación física de los dos sentidos de la circulación podrá fijarse un límite máximo de 100 km/h para turismos y motocicletas.
El Reglamento General de Circulación, indica que los límites actuales varían: 100 km/h para automóviles y motocicletas, 90 km/h para autobuses y furgonetas, y 80 km/h para camiones en las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de anchura de arcén o con más de un carril para alguno de los sentidos de circulación, y 90 km/h para coches y motos, 80 km/h para autobuses y furgonetas y 70 km/h para camiones en el resto de las vías secundarias.
Navarro aseguró el pasado mes de septiembre en su primera comparecencia en la Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso, donde tendió la mano a los diputados para poner en marcha nuevas medidas, que las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de arcén (es decir, con límite a 100 km/h para coches y motos) abarcan unos 7.000 kilómetros, lo que supone menos del 5% de los 165.000 kilómetros de la red de carreteras de España.
Tráfico defiende que esa reducción de 10 km/h en carreteras convencionales supondría un descenso de la mortalidad cercano al 10%, máxime cuando en estas vías se producen en torno a un 75% de los accidentes mortales en carretera.
Además, España se equiparará a la mayoría de los países europeos, puesto que 15 de ellos tienen actualmente límites de velocidad de 90 km/h en carreteras convencionales (Bélgica, Bulgaria, Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo y Portugal), mientras que otros cinco lo tienen a 100 km/h (Alemania, Austria, Irlanda, Polonia y Rumanía), además de España.
Suecia cuenta con el límite de velocidad más bajo (70 km/h), por delante de Chipre, Dinamarca, Finlandia, Liechtenstein, Malta, Noruega, Países Bajos y Suiza (80 km/h), en tanto que Reino Unido lo tiene en 60 millas por hora (96,6 km/h).