No es ninguna novedad destacar la eclosión que está teniendo el segmento de los patinetes eléctricos y su gran impacto en las principales ciudades de todo el mundo y lógicamente, también de nuestro país. Aunque los patinetes eléctricos, los monociclos, “hoverboards”, “segways”, etc… ya formen parte de nuestro paisaje urbano, la realidad es que su adaptación está siendo problemática.
Las ventajas de estos vehículos son numerosas: son económicos, ligeros, no contaminan y, además, no necesitan seguros ni permisos para poder circular por nuestras ciudades, lo que, a priori, podría parecer positivo para la Seguridad Vial.
Pero los expertos advierten de que urge abordar cuanto antes el fenómeno de los VMP, entre ellos el patinete eléctrico, para evitar que crezca su siniestralidad, ya que todo indica que la falta de medidas sobre la seguridad vial podría triplicar los accidentes con patinetes eléctricos a lo largo de este año. Los expertos prefieren una regulación uniforme desde el Código de la Circulación y no que, cada ayuntamiento, establezca sus normas.
La sociedad percibe «un peligro» en los vehículos de movilidad personal
En un reciente estudio de la Fundación Línea Directa titulado “Vehículos de Movilidad Personal (VMP): ¿amenaza u oportunidad para la seguridad vial?”, se indicaba que:
- El 96,5% de los españoles reconoce que no sabe “nada o casi nada” de la normativa aplicable a estos vehículos y casi el 70% reclama una ley clara y común a todo el país.
- En este momento, la sociedad percibe a los VMP como un peligro: casi 25 millones de españoles, un 72%, consideran que son una amenaza para la seguridad vial y el 95% cree que sus usuarios “no respetan las normas de circulación y van por donde quieren”.
- El 96% de los ciudadanos pide que los VMP circulen fuera de la acera y el 79% que sus conductores lleven casco.
- Además, un 84% de los encuestados quieren que los usuarios de VMP tengan carné o formación.
Según Xavier Coca, abogado especializado en accidentes de tráfico, “el incremento del uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como nuevo medio de transporte, implica el nacimiento de una nueva modalidad de siniestralidad que nos afecta a todos”.
Para Xavier Coca, “es de vital importancia establecer una regularización clara y precisa y que se transmita desde la educación mediante cursos de formación a los más pequeños, de forma que se adapten progresivamente a nuestro día a día de forma pacífica y con total seguridad”.
Con estos vehículos nace una nueva siniestralidad y la administración tiene obligación de fijar límites
Debido al aumento de vehículos de movilidad personal que están proliferando en las zonas urbanas, en la que estos vehículos se han convertido en un medio alternativo de desplazamiento para los ciudadanos, la Dirección General de Tráfico publicó el pasado 4 de diciembre de 2019, una instrucción transitoria en la que se establecen una serie de criterios clarificadores dirigidos a los usuarios de estos vehículos, ayuntamientos y agentes de la autoridad, hasta que se publique la normativa correspondiente que va en la misma línea de lo que se está debatiendo en la Unión Europea.
El objetivo es aclarar algunas dudas a los usuarios, a los ayuntamientos y a los agentes de la autoridad antes de una modificación en firme del Reglamento General de Circulación, actualmente en fase de tramitación.
Los cambios en la normativa irán en la misma línea que marca la Unión Europea y son, a grandes rasgos, los que esta instrucción anticipa. Según la instrucción publicada por la DGT, un VMP es “un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h”. En esta categoría entran, por tanto, los patinetes eléctricos, los monociclos eléctricos y los segway.
La DGT excluye específicamente los vehículos sin sistema de autoequilibrio y con sillín, los vehículos concebidos para competición, los vehículos para personas con movilidad reducida y otros como los “patinetes con asiento, ciclo de motor o ciclomotores de dos ruedas”, que requieren autorización administrativa y deben contar con una póliza de seguro. Por otra parte, para la DGT “los artilugios que no sobrepasen la velocidad de 6 km/h tienen la consideración de juguetes”.
Revista DGT
La Fiscalía avisa: ir en patín por la acera puede generar responsabilidad penal
La Fiscalía recuerda que las bicicletas, patinetes y otros vehículos no pueden circular por la acera en ningún caso y que, de hacerlo y atropellar a un peatón, pueden llegar a incurrir en un delito de imprudencia grave si provocan alguna lesión o muerte, castigado con penas de cárcel.
El fiscal de sala coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, informa de forma recurrente en sus intervenciones de que ya hay sentencias penales por imprudencia grave en accidentes de ese tipo y destaca la importancia de la educación y de la señalización por parte de los ayuntamientos para garantizar la convivencia y los derechos de todos los vecinos en las ciudades.