Aunque la gran mayoría de los partes de accidente en España son motivados por daños materiales, aproximadamente 500.000 accidentes al año provocan daños personales o lesiones de diferente consideración. De estos 500.000 accidentes de tráfico, alrededor de 10.000 personas sufren heridas que requieren hospitalización y cerca de 2.000 personas son víctimas mortales (en 2017 perdieron la vida 1.830 personas en España).
Junto con el golpe físico recibido (que puede traducirse en lesiones leves, graves, invalidez o incluso el propio fallecimiento), las víctimas y/o sus familiares sufren una serie de daños “colaterales” que provocan un verdadero calvario en muchos casos difícil de manejar para los propios afectados. Es en esos momentos, cuando uno espera que su compañía de seguros le sirva como asidero moral y económico que le permita aliviar una situación traumática y repentina. En la práctica “las mejores coberturas al mejor precio” no son sinónimo ni de la mejor y completa asistencia médica, ni de soluciones de movilidad y financieras, y menos aún del mejor asesoramiento legal. Los afectados por un accidente de tráfico tienen muchos más derechos de los que ellos creen y uno de ellos es el derecho a recibir una indemnización económica justa, como compensación natural que pretende paliar los daños y perjuicios sufridos (en los casos más graves, la solución necesaria para un mínimo de calidad de vida e incluso para la propia subsistencia). Un buen asesoramiento jurídico, lo que más valoran los perjudicados, puede ser fundamental para obtener una compensación económica mucho más justa y cuantiosa que la ofrecida por las compañías de seguros.
El nuevo baremo de indemnizaciones
Con el Nuevo Baremo, la especialización es fundamental, tanto para aplicarlo debidamente como para salirse del mismo cuando corresponde. Por ejemplo, una de las grandes novedades de la nueva regulación es la indemnización del lucro cesante, es decir, la reintegración de las pérdidas económicas que sufren las personas que dependían económicamente de la víctima (en los casos de fallecimiento) o las que sufrirá el propio perjudicado como consecuencia de no poder trabajar por la incapacidad derivada de las lesiones y secuelas sufridas. La Ley prevé unas tablas donde el cálculo actuarial de este perjuicio ya está plasmado y parece muy sencillo reclamarlo si se conocen los ingresos netos de la víctima / perjudicado y edad, pero lo que la mayoría de los profesionales desconoce (porque la Ley no lo destaca de forma suficiente) es que dichas cantidades deben corregirse al alza si la víctima o perjudicado era autónomo y no cotizaba al máximo su pensión.
Los afectados por un accidente de tráfico tienen muchos más derechos de los que ellos creen
Pero, ¿cómo podemos defender nuestros derechos y conseguir esas indemnizaciones?, ¿las compañías de seguros responden con los asegurados como éstos esperan?, ¿nos compensa utilizar un abogado particular para ello? En muchas ocasiones, las dificultades en la tramitación de las reclamaciones y, sobre todo, la necesidad de un informe médico pericial para la valoración de las lesiones o actuarial para la corrección de los perjuicios económicos derivados, deja en situación de desigualdad a las víctimas, las cuales se ven conducidas por las compañías aseguradoras hacia una situación en la que, en muchos de los casos, no consiguen las compensaciones económicas a las que tienen derecho.
Nueva ley, menos procesos
La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, de modificación del Código Penal, que empezó a aplicarse el 1 de julio de 2015, marcó un punto de inflexión determinante en la tramitación y enjuiciamiento de los accidentes de tráfico. Dicha Ley, despenalizó la gran mayoría de los mismos, lo que obliga a los accidentados de tráfico que no consiguen un acuerdo satisfactorio con la aseguradora a judicializar su caso por la vía civil.
¿CUÁL FUE LA PRIMERA CONSECUENCIA DE ESTE CAMBIO?
Trámites más largos y complejos, práctica desaparición del procedimiento ejecutivo civil del Automóvil y encarecimiento de las reclamaciones, por lo que muchas víctimas empezaron a desistir de judicializar sus asuntos y a conformarse con indemnizaciones ridículas, hasta el punto de reducirse el número de casos enjuiciados a menos de la mitad. Eso son muchos miles de accidentes con lesiones y un ahorro sustancial de indemnizaciones para las compañías de seguros responsables.
La sociedad reacciona: se ponen en valor los despachos especializados
¿De qué modo? Por un lado, han surgido empresas y gabinetes jurídicos con experiencia, que responden a esta necesidad de especialización. Cada vez se hace más necesario contar con un equipo de trabajo multidisciplinar, integrado por abogados y médicos, a fin de responder con eficacia y solvencia a las necesidades del caso concreto, y conseguir, de esta forma, la indemnización que realmente corresponde a las víctimas. Este es el caso de la firma de abogados Coca Advocats, donde su socio fundador Xavier Coca señala lo siguiente “el médico será el encargado de velar por el mejor tratamiento y máxima recuperación del perjudicado; el perito por conseguir la valoración objetiva, especializada y sin olvidarse nada, y todo ello siempre en continua comunicación, debate y entendimiento con el abogado que, en definitiva, es quien deberá hacer entender a la compañía y, en su caso, al juez, el perjuicio sufrido, siempre en beneficio de los intereses del accidentado”.
Con el Nuevo Baremo, la especialización es fundamental, tanto para aplicarlo debidamente como para salirse del mismo cuando corresponde
En general la gente piensa que ir al abogado le supondrá un coste añadido que con su propia compañía no tiene, pero lo cierto es que la gran mayoría de bufetes especializados en esta materia, desarrollan su actividad cobrando un porcentaje de la indemnización conseguida, es decir, el cliente no tiene que hacer desembolso inicial alguno, sino que abonará únicamente los costes de dichos servicios profesionales cuando cobre, algo que facilita mucho la situación crítica que vive el accidentado y garantiza el mayor esfuerzo de dichos profesionales, y ese coste queda, prácticamente siempre, absorbido por la mayor indemnización conseguida por la gestión especializada e independiente de dichos bufetes.
Por último, además, han surgido entidades sociales, sin ánimo de lucro, que son capaces de atender a aquellas personas que no tienen tantos recursos y que pueden recomendar el mejor despacho y el más adecuado a los intereses de cada caso. En ese sentido, la desprotección es mucho menor que hace unos años.