La normativa que debes conocer si circulas en patinete eléctrico

La movilidad en las ciudades es caótica, y en ocasiones el uso del coche es innecesario. Según un estudio del McKinsey Center for Future Mobility, alrededor del 60 % de los viajes en coche que se hacen en todo el mundo son de menos de 8 kilómetros. Ante esta realidad nace el concepto de la micromovilidad, un término que se refiere al uso de medios de transporte destinados a recorrer distancias cortas. Los dos grandes objetivos: contribuir con el medio ambiente y ahorrar tiempo.

El desconocimiento de la normativa provoca un cierto caos de convivencia y seguridad vial

Actualmente, el patinete eléctrico es el modo de transporte más popular. Cada vez es más común verlos por las calles de nuestras ciudades. Se presenta como una opción económica, ligera y respetuosa con el medio ambiente. Su reducido tamaño facilita su transporte, permite sortear atascos y hace que su conducción no requiera de esfuerzo físico. Y, sin olvidar uno de los puntos que más controversia han suscitado: no necesitan seguros ni permisos para conducir por la ciudad.

En España ya circulan más de 20.000 Vehículos de Movilidad Personal, la mayoría de ellos patinetes eléctricos. Sin embargo, la falta de experiencia de numerosos usuarios y la ausencia de una normativa homogénea a nivel estatal han desencadenado un cierto caos de convivencia y seguridad vial. Esta situación ha provocado que sean los propios Ayuntamientos quienes regulen el uso de estos vehículos, aprobando ordenanzas con diferentes criterios.

No puede ser que cada municipio tenga su propia normativa, porque con esta diversificación al usuario no le queda claro cómo actuar”, explica Jorge Castellanos, responsable de movilidad del RACE.

Crear una normativa específica y homogénea disminuiría los riesgos que conlleva la convivencia del patinete eléctrico con los otros usuarios.

Madrid, Barcelona y Valencia son las ciudades españolas donde más patinetes eléctricos circulan. Cada municipio tiene su propia normativa, la única base legal sobre la que los Ayuntamientos aprueban sus leyes es la INSTRUCCIÓN 2019/S-149 TV-108 publicada en diciembre de 2019 por la Dirección General de Tráfico.

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