Accidentes de tráfico

Somos abogados especialistas en
Accidentes de Tráfico
y Responsabilidad Civil

En COCA ADVOCATS En COCA ADVOCATS contamos con la colaboración de los mejores especialistas y profesionales para contrastar y controlar todas las investigaciones de estos grandes siniestros y siempre con el mejor trato humano, médico, psicológico y profesional, todo ello para garantizar el mejor resultado humano y económico para los perjudicados de estos desgraciados siniestros.

En COCA ADVOCATS luchamos siempre hasta el final para conseguir el mejor resultado para las víctimas.

Accidentes Aéreos

Accidentes Aéreos

Nuestra firma pone a su disposición nuestra dilatada experiencia en este tipo de siniestros y especialidad para conseguir la mejor defensa para sus derechos.

Aportamos asesoramiento legal integral a víctimas y familiares en las reclamaciones a nivel nacional e internacional frente a las aerolíneas y a sus aseguradoras, así como al fabricante de la aeronave o de sus componentes.

Baremos de indemnización para los pasajeros y sus equipajes:

  • Indemnización en caso de muerte o lesiones: se establece un primer nivel con un régimen de responsabilidad objetiva para la compañía aérea con un límite de 100.000 DEG (derechos especiales de giro definidos por el Fondo Monetario Internacional, equivalentes alrededor de 135.000 €). La compañía aérea no podrá impugnar las solicitudes de indemnización.
  • Anticipos: la compañía aérea deberá pagar un anticipo que cubra las necesidades económicas inmediatas de la víctima en el plazo de quince días a partir de la identificación de la persona con derecho a la indemnización. En caso de muerte, este anticipo no podrá ser inferior a 16.000 DEG.
  • En caso de que quede establecida la negligencia de la compañía aérea como causa del siniestro, hay un segundo nivel de responsabilidad basado en la presunta comisión de una falta por parte de la compañía aérea y de la que esta última sólo puede eximirse probando que no la ha cometido (la carga de la prueba recae sobre ella). En estos casos, los perjudicados podrían reclamarse fuera de los límites descritos y en base a la responsabilidad civil del causante.
Accidentes Ferroviarios

Transportes públicos no ferroviarios

Cuando un pasajero sufre un accidente con el resultado de lesiones o muerte, siempre que éste se produzca con posterioridad a la compra del correspondiente billete de transporte y se cause dentro del propio vehículo de transporte o en sus instalaciones y estaciones, el pasajero lesionado o sus familiares, en caso de fallecimiento, tienen derecho a recibir una indemnización.

El Real Decreto 627/2014 de 18/07/2014 regula la asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y a sus familias.

Los usuarios del tren, al igual que los de otros transportes públicos, aparte de tener derecho a percibir esta indemnización no sujeta a ninguna acreditación de culpa, tienen la posibilidad de percibir otra indemnización muy superior y plenamente compatible con la anterior, siempre que haya responsabilidad por culpa atribuible al conductor o al titular del transporte, administración o no. Esta indemnización también la podrán solicitar tanto los lesionados como los familiares de un muerto en un accidente de transporte ferroviario.

Estas indemnizaciones son muy superiores a las reguladas por el seguro obligatorio de viajeros y requieren de informe médico-pericial para su mejor valoración y garantías de plena indemnización.

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