Si has sufrido un accidente de tráfico, aunque existan unos baremos estándar para hacer el cálculo, son muchos los detalles que influyen en la indemnización.
Cuando sufrimos un accidente de tráfico es posible que suframos daños y perjuicios, que podrán ser morales o patrimoniales (económicos), y entre los morales – corporales, que nos queden secuelas físicas o psicológicas derivadas del accidente. Por eso, existen indemnizaciones económicas para compensar, en cierta manera, el daño generado y que nos puede imposibilitar de forma permanente o temporal realizar actividades con normalidad. Por ejemplo, si a consecuencia de un accidente tenemos que pedir una baja laboral o psicológicamente sufrimos daños derivados como el conocido estrés postraumático.
¿Cómo funciona el cálculo de la indemnización?
Lo primero de todo es saber que cada lesión y cada persona es un mundo y que, aunque exista un baremo que nos ayuda a establecer una indemnización, lo más importante, cuando se habla de indemnizar un daño es poder individualizarlo según las circunstancias de la persona que lo sufre.
En este sentido, si una víctima sufre, por ejemplo, un síndrome del latigazo cervical (una de las lesiones más recurrentes en accidentes de tráfico), cuyos síntomas persisten transcurridos varios meses desde el accidente y terminado el tiempo de tratamiento médico dispensado, la indemnización dependerá de cuestiones básicas como: la edad; el tiempo estimado médico-legalmente como necesario para su curación; si las lesiones han provocado baja laboral o impedimento para actividades deportivas o de ocio acreditadas; gastos que se hayan tenido durante el proceso de curación, sintomatología que resta al alta médica y si las mismas provocan algún tipo de impedimento para el trabajo o actividades de desarrollo personal. Luego, lo que para uno puede representar un simple dolor cervical controlable con analgésicos o sin analgésicos, para otro puede representar una fuerte limitación para determinades actividades físicas o incluso de simple posición estática en el trabajo con serias dificultades de concentración; otros pueden sufrir de cefalea, mareos o incluso hormigueo en las manos, síntomas que pueden hacer sospechar de una mayor gravedad de la lesión y cuyas secuelas, de no poder ser reducidas médicamente, impliquen unas consecuencias tanto morales como económicas muy superiores, habiendo incluso casos de depresión adaptativa que requieren incluso de tratamiento psiquiátrico o/y psicológico que se prolonga mucho más allá de los tiempos traumatológicos.
Así las cosas, aunque exista un baremo que pueda dar la idea que estandariza las indemnizaciones, nada más lejos de la realidad. El Baremo es una guía, una norma orientativa básica para entender los conceptos reclamables en un accidente de tráfico con lesiones, pero identificarlos y trabajar para acreditarlos, es un trabajo conjunto del abogado con la víctima o los perjudicados y, a menudo, de alta complejidad.
Dicho esto, en la última reforma de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, Ley 35/2015, de 22 de septiembre, se restructuró prácticamente todo el sistema de valoración del daño personal, publicándose nuevas tablas para poder cuantificar las indemnizaciones, incluso las correspondientes a perjudicados de víctimas fallecidas a consecuencia del accidente, pero la Ley está llena de supuestos que suponen, a la práctica, excepciones a las tablas, especialmente a las relativas al lucro cesante y a las de ayuda a tercera persona, y ello supone, en casi todos los casos, diferencias de miles e incluso centenares de miles de euros, entre lo que realmente corresponde indemnizar y los importes fijados en las tablas.
Por ello, es sin duda necesario siempre el asesoramiento de un abogado especializado en accidentes de circulación, valoración del daño corporal y Baremo de accidentes de tráfico para poder tener garantía de información fidedigna y un resultado justo al daño causado.
Y no tenga ninguna duda que, en COCA ADVOCATS, encontrará estos profesionales que le asesorarán con total garantía.
¿Cómo se calcula la indemnización?
Desconfía de calculadoras y fórmulas mágicas de cálculos de indemnización. A menos que las lesiones sufridas hayan sido muy leves, sin apenas baja laboral y sin ningún tipo de secuela, estas herramientas no te van a ser útiles.
El sistema de indemnización de nuestro país, tras la reforma operada en el 2015, es un sistema mucho más garantista y protector que el anterior, pero al pretender la individualización del daño, multiplica su complejidad. Sólo con el texto legal estricto, las tablas indemnizatorias, las Bases Técnicas Actuariales y la Guía de las Buenas Prácticas de la Comisión de Seguimiento, la regulación suma más de 850 páginas de complejidad jurídica y actuarial, y ello sin contar cómo interpretan nuestros tribunales el presente elenco legal, es decir, la jurisprudencia.
Así las cosas, lo más conveniente es consultar con un abogado especializado para que, reuniendo y estudiando toda la documentación pertinente, valore cuál es la cantidad que se puede reclamar en concepto de indemnización.
Para ello, será necesaria la entrevista con la víctima del accidente o la familia y los perjudicados en caso de grandes lesionados o fallecidos, y lo más seguro es que, en los casos de lesiones con secuelas, sea precisa la intervención de un perito médico, especialista en Valoración del Daño Corporal, que determine las secuelas y su puntuación, de conformidad a criterio clínico y médico legal. A partir de este momento, estaremos en disposición de conocer el verdadero alcance del daño y empezar a dar un valor económico al perjuicio, que no sólo puede ser moral, si no que puede tener consecuencias patrimoniales, de perjuicio económico, que no es el perito médico quien las tiene que fijar.
La valoración y cuantificación del daño personal no es un cálculo matemático, es una especialidad compleja que mezcla conocimientos jurídicos, médicos, laborales, actuariales y de Seguridad Social, y un error inocente puede suponer perder miles o centenares de miles de euros.
También influyen los días
No solamente influyen las lesiones sufridas o las secuelas que puedan restar, de las que ya hemos hablado, sino también los días. Los días que dure la baja o nuestra recuperación, en base a lo estimado por un facultativo especializado. Por ejemplo, una lesión cervical puede generarnos 20 sesiones de fisioterapia y unos 60 días para la recuperación total, pero hay casos que su complicación, con agravación de artrosis previas o aparecer hernias o protusiones discales que antes del accidente no existían, pueden complicar enormemente los cuadros curativos y alargarse varios meses.
O en un amputado, por ejemplo, uno puede pensar que, tras la amputación, la protetización es un proceso fácil, rápido y estandarizado, pero nada más lejos de la realidad. El estado del muñón; el diseño del encaje protésico; el liner; la fabricación del encaje provisional y el montaje de la prótesis; la alineación estática y dinámica; los primeros pasos y el aprendizaje; la terminación de la prótesis y los ajustes definitivos del encaje; entrega de la prótesis definitiva y el aprendizaje para proceso de adaptación final… Este proceso puede durar entre 6 meses a un año o más si han existido complicaciones. Y todo este tiempo, va a tener influencia en la indemnización.
Así las cosas, las calculadoras online nos pueden servir de orientación para saber más o menos lo que podemos reclamar. Pero, sin un abogado experto en este tipo de reclamaciones, la indemnización puede variar mucho, pues el concepto de estabilización lesional, es uno de los más controvertidos y discutidos en nuestros tribunales, y su correcta aplicación no depende de una calculadora, si no de un criterio médico legal que debe saberse computar, explicar y defender cuando es discutido.